“La decisión de la Alcaldía de vender la mitad más una de las acciones de la ETB, aunque tardía, es acertada. El anterior proceso de consecución de un inversionista estratégico fue fallido porque esté no tendría el control de la compañía.”
En un mercado altamente competitivo, como es el de las telecomunicaciones, necio es negar la necesidad que tiene la Empresa de Teléfonos de Bogotá (ETB) de buscar un socio estratégico que le genere valor, pues de lo contrario la Compañía, que requiere modernización, no será viable en el corto plazo.
La caída del valor de la acción no es sino un reflejo de esta realidad. La administración Distrital no puede, de nuevo, fallar en tal propósito y el sindicato no debería, por el bien de los accionistas y de los trabajadores, seguir insistiendo en entorpecer dicho proceso.
Por ello, la decisión de la Alcaldía de vender la mitad más una de las acciones de la Empresa de Teléfonos de Bogotá, aunque tardía, es una decisión acertada. El anterior proceso de consecución de un inversionista estratégico fue fallido precisamente porque esté no tendría el control de la compañía.
Aplaudimos el cambio de posición del señor Alcalde, Samuel Moreno Rojas, pues no sólo se trata de conseguir recursos que acrecenten el valor de la entidad, sino un verdadero socio estratégico que la fortalezca. Como lo demostró el anterior proceso, el socio estratégico no se consiguió porque no se cedía el control de la ETB.
Sin embargo, el Distrito debe estructurar bien el proceso, pues un nuevo fracaso dejaría a la telefónica en “cuidados intensivos”, pues cada día pierde valor. Un primer escollo es la decisión del señor Alcalde de presentar a consideración del Concejo el proyecto de acuerdo para la venta de las acciones, pues varios concejales se oponen a la privatización de la compañía.
Es necesario que se revise con rigor jurídico si es necesario pedir de nuevo autorización, para evitar la politización de la decisión en el cabildo, donde el señor Alcalde cada día tiene menor capital político.
Si se solicita otra vez dicha autorización, la alcaldía debe tener total claridad de por qué no acoge el concepto de la sala de consulta del Honorable Consejo de Estado, que establece que la autorización conferida por el Concejo de Bogotá al Alcalde Mayor mediante el Acuerdo No 07 de 1998 para enajenar las acciones de propiedad del Distrito Capital en la ETB es indefinida en el tiempo. No podemos olvidar que el Concejo puede, siguiendo el concepto del Consejo de Estado, derogar el acuerdo 007 de 1998 que autorizó la enajenación.
Por el bien de la empresa y de la ciudad, el señor Alcalde Mayor debe estructurar un proceso que lleve a feliz término la enajenación de acciones del Distrito. La ciudad y la empresa no se pueden permitir un nuevo fracaso.










