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Cómo presentar un derecho de petición

Presentar peticiones a las autoridades para que se les suministre información sobre situaciones de interés, bien sea general o particular, es un derecho que tiene todo ciudadano, según lo contempla la Constitución Nacional en su artículo 23.

Dicho derecho puede ser ejercido tanto por nacionales, como extranjeros, mayores o menores de edad, así como analfabetas y letrados, ante las autoridades, los particulares que presten un servicio público o actúen o deban actuar en desarrollo de pensiones públicas y ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Según información suministrada por la Contraloría de Bogotá, mediante un derecho de petición se puedan hacer las siguientes peticiones:

· Quejas, cuando ponen en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o particulares a quienes se ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio público. Reclamos, cuando se da a las autoridades noticia de la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un servicio público.

· Manifestaciones, cuando hacen llegar a las autoridades la opinión del peticionario sobre una materia sometida a actuación administrativa.

· Peticiones de información, cuando se formulan a las autoridades para que estas:

            - Den a conocer cómo han actuado en un caso concreto.

            - Permitan el acceso a los documentos públicos que tienen en su poder.

            - Expidan copia de documentos que reposan en una oficina pública.

· Consultas, cuando se presentan a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones

Como máximo, las autoridades a quienes se les presente un derecho de petición, deben responder dentro de los siguientes plazos:

Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.

Diez (10) días para contestar peticiones de información.

Treinta (30) días para contestar consultas.

En el caso que las autoridades no den respuesta a las peticiones solicitadas, los funcionarios responsables, pueden ser objeto de sanciones disciplinarias, pues se incurre en causal de mala conducta.

 
Queja / Derecho de interés particular
 
Manifestación / Derecho de interés general
 
Peticiones de Información
 
Derecho de Consulta
 
 
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